Revisión de puente grúa

Al manejar importantes cargas de peso y tamaño, los puentes grúa pueden tener diversos riesgos asociados que afecten tanto a los trabajadores como a los bienes que se manejan y las instalaciones donde se ubican.

Revisión de puente grúa en Gipuzkoa, Bizkaia, Alava y Navarra: ¿cuáles deben realizarse?

A diferencia de grúas torre, ascensores o grúas móviles autopropulsadas, los puentes grúa no son equipos incluidos específicamente en las ITCs del Real Decreto 2291/1985, el cual se encarga de regular de manera oficial los aparatos elevadores en nuestro país.

 

La normativa, aspectos técnicos y normas UNE de obligado cumplimiento para los puentes grúa vigentes en la actualidad son:

- Utilización de equipos de trabajo, referencia en el Real Decreto 1215/1997. En los artículos 3 y 4 se concreta la obligación de realizar el mantenimiento adecuado según las instrucciones por parte del fabricante. Si el equipo, además, está sometido a influencias susceptibles de ser peligrosas o causa deterioros, obligatoriamente ha de realizar inspecciones de carácter periódico. Mínimo una vez al año.

- El Reglamento electrotécnico de baja tensión, en el RD 842/2002.

- El RD 2291/1985 aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y mantenimiento de los mismos.

- Montaje, instalación y mantenimiento. Es el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo quien regula las generalidades para grúas tipo puente mediante la NTP 736 y 738 en sus apartados I y III.

- Los aparatos de elevación y las reglas de cálculo. Parte 5: elección del equipo eléctrico en UNE 58132-5:1994.

- Inspecciones en los aparatos de elevación de carga suspendida. Parte 1: Generalidades del UNE 58144-1:1997.

El SAT de puentes grúa y la revisión de puente grúa en Gipuzkoa debe realizarse como mínimo una vez al año y siempre contando con personal competente.